¿Pueden los autónomos cobrar el paro?

¿Pueden los autónomos cobrar el paro?

Todo lo que necesitas saber sobre el cese de actividad Sí, los autónomos también tienen derecho a paro, pero bajo ciertas condiciones. Esta ayuda se conoce como prestación por cese de actividad y está pensada para quienes se ven obligados a dejar su actividad profesional de forma involuntaria.

¿Cuáles son los requisitos?

● Estar dado de alta en el RETA y haber cotizado al menos 12 meses por cese de actividad.

● Estar al corriente de pagos con la Seguridad Social.

● Justificar el motivo del cese: pérdidas económicas, caída de ingresos, fuerza mayor, pérdida de clientes clave, etc.

Por ejemplo, si facturas 40.000 € y tienes gastos por 46.000 €, has tenido pérdidas del 15 %, lo que te permitiría solicitar la ayuda.

También puedes pedirla si tus ingresos caen durante dos trimestres consecutivos, aunque sigas en activo.

¿Cuánto se cobra y por cuánto tiempo?

La prestación es del 70 % de tu base reguladora. La duración depende de lo que hayas cotizado, desde 4 hasta 24 meses.

¿Cómo se solicita?

Se tramita a través de tu mutua colaboradora. Necesitarás entregar formularios, justificantes de ingresos, gastos, contratos perdidos y vida laboral, entre otros documentos.

Consejo final: si prevés una caída importante en tus ingresos, empieza a documentarlo todo cuanto antes. Eso facilitará la solicitud en caso de necesitar la prestación.

Si necesitas más ayuda y estás buscando una asesoría de confianza, ponte en contacto con nosotros. Estaremos encantados de atenderte:

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